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Ámbitos de actuación de la Responsabilidad Social Corporativa

La RSC siempre hace referencia a dos ámbitos, uno externo y otro interno.  A su ámbito interno cabe en la RSC contemplar el respeto al medio ambiente en cuanto que las actuaciones empresariales puedan afectarlo e interactúen con el mismo; debe preservar la calidad y su conservación. Por otra parte debe atender a los derechos de los trabajadores en lo que se refiere a libre negociación colectiva, conciliación de la vida familiar y laboral, igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, salud y seguridad laboral, tener presente la no discriminación por razón de edad, raza, ideología o discapacidad.  En el ámbito externo, la Responsabilidad Social Corporativa deberá contemplar el riguroso respeto a los derechos de los consumidores y clientes, servicios y proveedores; deberá respetar los Derechos Humanos y promocionar la acción cultural, social, medioambiental de las empresas, debiendo para ello asignar parte de los recursos empresariales a proyectos sociales, relacionados con

Sobre el concepto de Responsabilidad Social Corporativa

A pesar de que la RSC, Responsabilidad, Social Corporativa, aún   inmersos en pleno siglo XXI, no está implantada óptimamente ni en la empresa ni en la sociedad ni en las organizaciones. Se considera una cuarta rama empresarial, junto con la Calidad, Medio Ambiente, Seguridad y Salud, la Responsabilidad Social Corporativa vendría a completar el organigrama estratégico de la empresa. Las empresas capaces de establecer, en su estrategia empresarial, RSC, estarán en la vanguardia de la Prevención de Riesgos Laborales puesto que la RSC es la garantía para una buena salud empresarial a nivel de riesgos psicosociales, cuyo concepto es sumamente amplio. Es a mitad del siglo XX cuando en EEUU nace el concepto, cuando ciertos grupos empiezan a opinar como escasamente ético lucrarse con actividades perjudiciales potencialmente para la sociedad, como podían ser la venta de tabaco, de alcohol, etc. Entre los 70 y 80 activistas por la paz y los derechos humanos, abanderan campañas boicote

La reputación en red y su gestión

Ante los comentarios en   Redes Sociales , blog, web, en los lugares en los que estamos presentes,   ¿qué hacer? ,   ¿debemos responder positivamente o enojarnos, quizás omitir, o censurar comentarios o simplemente mirar y ver qué pasa?.  C ada vez es más difícil controlar y monitorizar todo lo que se dice de nosotros y de nuestra marca o reputación. Saber gestionar la reputación en línea es fundamental, pero… ¿cómo controlar la totalidad de la información?. Hay que tener en cuenta algunos aspectos fundamentales, por ejemplo, se deben utilizar herramientas que sean adecuadas para estar informados cuándo se menciona nuestra marca o producto. Hay que utilizar una batería de respuestas para una crisis posible y hay que recurrir al sentido común. Es importante saber qué dice del propio sujeto su comunidad, la comunidad en la que interactúa. Y bastante importante es tener un plan estratégico para poder responder a comentarios negativos que puedan aparecer. Debemos saber identi

Camino hacia la justicia en Acoso Laboral

Hay que saber que se han ido dando pasos hacia la justicia, así el acoso laboral ya está reconocido como delito en el Código Penal y falta muy grave en la Ley de Infracciones. El Tribunal Constitucional admite como prueba las grabaciones, el que el acosador no sepa que le están grabando, ya no es condición para la anulación de un documento sonoro como prueba. El caso es que la conversación no verse sobre intimidad personal de la persona que se está grabando para no vulnerar derechos constitucionales. Frente a esto cabría pensar que qué pasa con los derechos constitucionales de la víctima?, a caso son inferiores a los del acosador y por eso no se admite a prueba el documento sonoro si versa sobre intimidad del acosador…?. Todo esto es muy discutible y por supuesto revisable. Pero quienes estén dando la lata de alguna forma en la que pueda ser considerado como acoso laboral, pueden tener, a partir de ahora, más cuidado; y esto es aplicable tanto a acoso vertical como horizontal.